El tratamiento y depuración de las Aguas son las primeras medidas a desarrollar para alcanzar la salubridad de la población. Las aguas residuales no tratadas pueden quedar contaminadas por bacterias y virus nocivos y representar, por tanto, un riesgo para la salud pública. Asimismo, contienen nutrientes, como nitrógeno y fósforo, capaces de dañar las aguas dulces y el medio marino, al favorecer la proliferación excesiva de algas que asfixian otras formas de vida (eutrofización). Por ello, en Europa, y por ende en España, la depuración de aguas residuales urbanas es una práctica obligada desde la publicación de la Directiva 91/271/CE de 21 de mayo, donde se define como principal objetivo proteger al medio ambiente de los efectos negativos de los vertidos de las aguas residuales urbanas y de los sectores industriales. El cumplimiento de este objetivo ha supuesto la construcción y puesta en marcha de multitud de instalaciones, que garanticen la recogida y tratamiento de aguas, en función del tamaño de la aglomeración y características de la zona de vertido, quedando pendiente un número importante de instalaciones por construir, para garantizar los requerimientos mínimos exigidos por la Directiva.